El TSJ de Asturias confirma la improcedencia de un despido por audiencia previa insuficiente
23.06.2026
La resolución aplica la doctrina sobre la exigibilidad de la audiencia previa en los despidos disciplinarios y precisa que, cuando el convenio colectivo fija un estándar reforzado, su incumplimiento determina la improcedencia del despido, no su nulidad.
El Supremo afirma que no es obligatorio negociar los acuerdos de teletrabajo con la plantilla
17.06.2026
El Supremo ha señalado que los acuerdos de teletrabajo no requieren una negociación previa y que su firma es voluntaria. Ha validado los acuerdos de trabajo a distancia emitidos por una multinacional de contact center, a pesar de que no han sido aprobados en conjunto con los representantes de la plantilla.
Carrefour gana la batalla judicial a un trabajador despedido: no puede llevarse a casa materiales que la empresa va a tirar a la basura
11.06.2026
El trabajador no estaba autorizado para llevarse dichos materiales de la empresa, los cuales se encontraban en el centro de trabajo, lo que a juicio de los magistrados implica un quebranto de la confianza empresarial y de la buena fe contractual constitutiva de falta muy grave.
Recortar el bonus por el tiempo de baja médica vulnera la igualdad y constituye discriminación por razón de salud
09.06.2026
El TSJ del País Vasco ordena recalcular el complemento variable excluyendo el periodo en incapacidad temporal, al entender que el criterio empresarial sitúa en peor posición económica a quien se ausenta por razones de salud y vulnera el derecho a la no discriminación por enfermedad.
El Supremo lo deja claro: el permiso por urgencias familiares hay que pagarlo sí o sí
03.06.2026
El Tribunal Supremo fija que el permiso de hasta cuatro días anuales por urgencias familiares, que ampara al trabajador cuando se enfrenta a una situación imprevista que no puede ignorar, retribuido por mandato legal.
El Tribunal Superior sentencia: no te pueden despedir por comparar tu nómina con la del resto de tus compañeros
02.06.2026
El TSJ de Madrid concluyó que el acceso a las nóminas fue consecuencia directa de un fallo empresarial y no de una actuación fraudulenta. Los magistrados también tuvieron en cuenta la antigüedad del empleado y la ausencia de sanciones previas.