2020
El Supremo declara nulo privar de un plus a la empleada que solicita un permiso de maternidad
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado nulo el acuerdo de retribución variable suscrito por el grupo El Árbol, propiedad de supermercados DIA, y los sindicatos UGT, CCOO y FETICO, por considerarlo discriminatorio. El pacto, que afecta a más de 300 empleados en toda España, contemplaba la suspensión general y sistemática del plus por objetivos abonado por la empresa cuando los trabajadores faltaban a su puesto más de un día (o una jornada). Una práctica que, según el Supremo, atentaba contra la Ley de Igualdad de 2007, dado que las mujeres, por motivos biológicos y sociales, están más expuestas a solicitar permisos relacionados con la maternidad y el cuidado de menores.
El origen del conflicto se remonta a diciembre de 2017. Fue ese año cuando la representación sindical mayoritaria y la cadena de supermercados acordaron modificar el programa de incentivos salariales e introducir una excepción al devengo de la prima por objetivos durante las ausencias del trabajador "cualquiera que sea su causa, salvo durante las vacaciones, las horas sindicales y los permisos por tiempo inferior a la jornada diaria". El sindicato USO impugnó ante los tribunales la medida y la Audiencia Nacional la declaró nula en su totalidad el 20 de marzo de 2018.
Resolviendo el recurso de casación planteado por el Grupo El Árbol, el Supremo viene ahora a confirmar el fallo de la Audiencia Nacional, aunque con matices. La sentencia entra a valorar, uno por uno, los distintos tipos de permisos laborales y solo estima como nulas las suspensiones de abono que puedan afectar directa o indirectamente al derecho a la igualdad, contemplado por el artículo 14 de la Constitución.
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