2022
Los despidos individuales en franquicias de grupos jerarquizados son nulos
Son nulos los despidos individuales, que superan los umbrales del despido colectivo, realizados por unas sociedades relacionadas por contratos de franquicia en los que la matriz ejerce las potestades elementales y estructurales de llevanza de las mismas, dejando a las filiales aspectos residuales, lo que lleva a declarar la existencia de un grupo de empresas a efectos laborales, según establece la Audiencia Nacional, de 15 de julio 2022.
La ponente, la magistrada Sancho Aranzasti, dictamina que en estos casos estamos ante un uso abusivo de la personalidad del grupo, aun cuando no concurran otros elementos definidores del mismo.
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La magistrada concluye que existe un abuso de derecho en la posición de la sociedad Inversiones Odontológicas 2016 SLU, buscándose con la compra y posterior fusión de las clínicas de Dentix un parcelamiento de la responsabilidad, que también se refleja en el contrato de franquicia, exonerando de cualquier tipo de reclamación que pudiera surgir en el ámbito laboral a la franquiciadora, cuando lo cierto es que la decisión de despedir y la efectiva llevanza de las sociedades franquiciadas, no puede desvincularse de ella.
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