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La descarga de documentos de la empresa en la nube personal no justifica el despido disciplinario
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado la improcedencia del despido disciplinario de un trabajador que se reunió por la cuenta corporativa de Teams con un competidor de la empresa en la que trabajaba y que tenía almacenada en su nube personal varios documentos privados de la empleadora.
La Sala ha compartido lo razonado en la sentencia de instancia recurrida, afirmando que el trabajador no había incumplido el acuerdo de confidencialidad de su empresa ni había cometido transgresión de la buena fe contractual ni abuso de confianza, ya que las reuniones llevadas a cabo entre el actor y otra persona que prestaba servicios para una empresa competidora se debían a una relación personal y amistosa, y no de carácter profesional.
Asimismo, la descarga de documentos en la nube privada del actor no tenía intencionalidad de desviar documentos privados de la empresa sino que a consecuencia de haber sido compartidos por otras personas con el actor, al recibir éste el correo que le informa de que un determinado archivo ha sido compartido con él y al abrir el enlace correspondiente, el archivo queda automáticamente archivado en la nube del demandante.
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