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2014

La finalización paulatina de la obra o servicio justifica la extinción de la relación laboral vinculada a la terminación de la actividad

La cuestión planteada en el presente recurso para la unificación de doctrina consiste en determinar si resulta ajustada a derecho la decisión empresarial de extinguir la relación laboral de unos trabajadores que habían sido contratados para obra o servicio determinado, cuando la causa de esa extinción es la reducción de la actividad para la que fueron contratados. La respuesta que da el TS es favorable a la estimación del recurso interpuesto por la empresa actora.

Así, afirma que, si bien es cierto que la prueba de la finalización de la obra como causa de extinción del contrato corresponde a quien la alega, en casos como el presente el problema que se plantea es cuando la obra o servicio no concluyen terminantemente un día concreto, sino que van finalizando paulatinamente. Pues bien, la doctrina ha venido entendiendo que la finalización paulatina es prueba suficiente para justificar la extinción contractual, salvo que se demuestre la existencia de fraude; de manera que a medida que se va terminando una obra o servicio se pueden correlativamente extinguir los contratos vinculados que puedan resultar ya innecesarios.

Lea el texto completo de la noticia y la sentencia completa da la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en Iustel, 1-10-2014

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