Información
El TSJ de Canarias frena el despido por “sexo en la empresa”: la conducta no causó daño ni justifica la sanción máxima
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJCan) ha estimado las pretensiones del trabajador, reconociendo la improcedencia del despido por ser captado teniendo relaciones sexuales con una mujer en las instalaciones de la empresa.
Y es que este hecho no cuenta, según el tribunal, con suficiente gravedad para confirmar el despido procedente.
(…)
Los magistrados, en su sentencia 513/2025, revocaron el fallo de la primera instancia, estimando las pretensiones del trabajador, reconociendo la improcedencia de su despido por mantener relaciones sexuales en un local propiedad de la compañía.
(…)
El TSJ de Canarias (...) señaló en su sentencia que la empresa describía de forma muy ambigua si los hechos suponían realmente una deslealtad o un abuso de confianza en el trabajo. Además, destacó que, aunque el trabajador incumplió la normativa interna, esa conducta no provocó ningún daño real a la empresa.
El tribunal recordó también que, según el convenio colectivo, este tipo de acciones se consideran faltas que van de leves a graves, pero no lo suficientemente graves como para justificar un despido procedente.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección