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El Supremo declara nulo el despido de una peluquera canina seis días después de negarse a trabajar los sábados
Negarse a aceptar un cambio en las condiciones laborales puede estar protegido frente a las represalias empresariales, incluso aunque el trabajador no haya presentado una reclamación formal.
Así lo ha establecido el Tribunal Supremo al confirmar la nulidad del despido de una peluquera canina de Sevilla, a la que su jefe despidió seis días después de que mostrara su desacuerdo con trabajar hora extra los sábados.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su sentencia 562/2026, de 23 de junio (STS 2919/2026), ha desestimado el recurso de casación para la unificación de doctrina presentado por el empresario al considerar que existían indicios suficientes de una represalia contraria a la garantía de indemnidad.
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El empresario acudió (…) al Supremo, alegando que una simple conversación sobre la jornada laboral no podía considerarse una reclamación de derechos capaz de activar la protección constitucional. No obstante, el Alto Tribunal ha rechazado este argumento.
La Sala considera acreditado que la mujer manifestó su oposición a una nueva exigencia empresarial y que fue despedida pocos días después, sin que la compañía demostrara una causa real que justificara su cese.
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El Tribunal Supremo recuerda que no es necesario presentar una demanda judicial para estar protegido frente a estas represalias. La protección también puede aplicarse cuando el trabajador defiende sus derechos directamente ante la empresa, incluso antes de acudir a los tribunales.
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Eso sí, no cualquier desacuerdo con la empresa implica automáticamente una vulneración de derechos fundamentales. Como advierte el Supremo, «no basta el mero malestar, una protesta genérica o una conversación ambigua». Debe existir una manifestación suficientemente clara de que el trabajador está defendiendo sus derechos.
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