Marco laboral
El Tribunal Supremo lo confirma: este es el margen de cortesía al fichar en el trabajo
[El Tribunal Supremo] considera tiempo trabajado el fichaje realizado dentro de los 15 minutos posteriores a la hora pactada de inicio de la jornada. Eso sí, se refiere a empleados con control rígido de horario y que no tengan categoría de jefe o asimilado. Es decir, quien llegue dentro de ese margen conserva el derecho a que su entrada se considere puntual.
El Supremo también rechaza el recurso de la empresa sobre el desayuno y mantiene que ese tiempo debe seguir contándose como trabajo efectivo. Lo hace porque ese derecho ya figuraba en acuerdos anteriores a la implantación del nuevo sistema de registro de jornada. Por tanto, no puede eliminarse por la simple aplicación de una nueva herramienta de control horario.
Además, el Supremo subraya que una guía interna de uso del registro horario no puede recortar derechos ya existentes.
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