2020
La ley que deroga los despidos por acumular bajas médicas entra en vigor
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves la Ley 1/2020, de 15 de julio, que deroga el artículo 52 d. del Estatuto de los Trabajadores, que avala el despido objetivo por bajas médicas acumuladas en un tiempo determinado. La ley, que entra mañana en vigor, fue aprobada definitivamente el pasado 1 de julio en el Congreso.
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El artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores permitía al empresario el despido objetivo de un trabajador por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, cuando alcanzaran el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los 12 meses anteriores alcanzaran el 5% de las jornadas hábiles o el 25% en cuatro meses discontinuos en un período de 12 meses.
El Gobierno defendió esta derogación, pactada por PSOE y Unidas Podemos y reclamada por los sindicatos tras la sentencia del Tribunal Constitucional que amparaba esta fórmula, como el inicio de la derogación de la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012.
Lea la noticia completa en El Economista, 16-07-2020
Consulte el BOE Ley 1/2020, de 15 de julio por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de a Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
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