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Un juez obliga a remunerar a los empleados las guardias si acaban trabajando en repetidas ocasiones
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) determina que las empresas deben remunerar a los trabajadores las guardias si les supone tener que intervenir en repetidas ocasiones y no solo de forma anecdótica.
La sentencia, del pasado 20 de marzo, resuelve el litigio entre una empleada y una empresa, en el que la primera exige a la firma que les remuneres como horas extraordinarias sus intervenciones durante el servicio de guardias.
El fallo, que da la razón a la trabajadora, recuerda que el tiempo diario de las personas se divide en tres segmentos: actividad laboral, descanso y ocio, divididos en franjas similares de ocho horas. "Prolongar una jornada de trabajo, lleva consigo un perjuicio del tiempo de descanso o de ocio", indica. Y expone que debe examinarse con precaución cualquier prolongación de la jornada, como la disponibilidad permanente, para realizar alguna actividad que le requiere el empleador.
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