2024
Europa critica que España limite a los jueces la capacidad de imponer indemnizaciones por despido adecuadas
El Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano que vela porque se cumpla la Carta Social Europea, critica que España limite a los jueces la posibilidad de que los trabajadores reciban una indemnización adicional adecuada por los perjuicios causados por un despido improcedente. El Comité hace este reproche en el marco de los despidos por embarazo o durante la baja de maternidad.
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El Comité concluye que España incumple el artículo 8.2 de la Carta Social Europea que protege a las mujeres embarazas y en baja de maternidad del despido, puesto que si la empresa no puede reintegrar a la trabajadora "el juez no podrá conceder una indemnización adecuada para compensar todas las pérdidas sufridas".
Asimismo, el órgano recuerda que España también incumple la Carta porque permite que las mujeres embarazadas o de baja por el nacimiento puedan ser despidas dentro de un ERE, cuando el documento solo permite su despido por falta grave, cese de actividad de la compañía o si el contrato era temporal y expira.
Cada vez son más los jueces que reconocen una indemnización adicional por despido tras apreciar daños morales al trabajador o lucro cesante. De momento, no hay jurisprudencia al respecto y, por tanto, aunque unos tribunales valoran conceder este tipo de indemnizaciones, otros, lo rechazan. Por ello será relevante para avanzar en esta situación la respuesta del Comité a la denuncia de CCOO y UGT para incrementar la indemnización por despido.
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