Marco laboral
Las empresas de más de 50 empleados ya deben contar con un plan contra la discriminación LGTB
El pasado 9 de octubre de 2024 se publicó el Real Decreto 1026/2024, por el que se desarrollan las medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas y entró en vigor el pasado 10 de abril. Las compañías que ya cuentan con la obligación de tener puesto en marcha este plan son aquellas que cuentan con más de 50 trabajadores en plantilla.
Desde Mercer señalan los contenidos mínimos que deberían haber incluido las compañías a la hora de elaborar el plan, pero aseguran que las medidas de protección deberán ser negociadas en el marco del convenio colectivo de aplicación y sólo si no hay convenio aplicable se debe negociar con la RLPT -órganos paritarios donde empresa y trabajadores acuerdan medidas de prevención y gestión de riesgos- si existe, o mediante comisión con los sindicatos más representativos y los del sector, si tampoco hay representación de la plantilla.
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Además, es clave que la normativa incluya contenidos sobre la diversidad, igualdad de inclusión; diversidad sexual y de identidad de género, información sobre las personas LGTBI en el ámbito laboral, la estrategia DEI (Diversidad, Equidad e Inclusión) de la compañía, el protocolo frente al acoso LGTBI, buenas prácticas y aplicaciones prácticas del contenido de la normativa.
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