Marco laboral
La Audiencia Nacional valida la exclusión de un ERE a los mayores de 55 años como medida de protección
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado la demanda de un sindicato y validado la legalidad de un acuerdo mayoritario alcanzado en el seno de un despido colectivo por presunta discriminación por edad y por defectos en el procedimiento negociador.
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El sindicato alegaba que la cláusula del acuerdo que prohibía afectar a los trabajadores mayores de 55 años constituía un criterio discriminatorio proscrito por la ley, puesto que entendía que ofrecer una indemnización superior (de 35 días por año) a colectivos especialmente vulnerables (embarazadas, familias monoparentales, etc.) era un incentivo perverso para forzar su salida, constituyendo una forma de discriminación indirecta y un abuso de derecho para eludir las normas de protección de dichos colectivos.
La Audiencia Nacional, sin embargo, rechaza todos estos argumentos. El tribunal sostiene que la exclusión de trabajadores mayores de 55 años no constituye discriminación, sino una medida de protección objetiva y razonable orientada a evitar su desempleo prolongado.
También considera legítimo ofrecer condiciones más favorables a colectivos con especial protección social, en tanto que dichas medidas no generan un trato peyorativo hacia otros empleados.
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Uno de los aspectos más relevantes del fallo es la reafirmación del valor jurídico del acuerdo alcanzado en el periodo de consultas. La sentencia subraya que la firma mayoritaria por parte de la representación de los trabajadores otorga una presunción de legalidad al proceso, que solo puede ser desvirtuada mediante una prueba sólida y específica de irregularidades sustanciales.
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